Con fecha 16 de octubre del año pasado, se ha publicado la Orden APA/1076/2018, de 11 de octubre, por la que se establecen los requisitos fito sanitarios para la importación o entrada de embalajes y estibas de madera en la Comunidad Autónoma de Canarias.
El objetivo de esta norma es adoptar la norma técnica fitosanitaria que deben cumplir los embalajes de madera, incluida la madera de estiba, según lo establecido en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias NIMF n.º 15 – Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional-, para la entrada de embalajes y estibas de madera en la Comunidad Autónoma de Canarias, que será de obligado cumplimiento para la entrada de los mismos en dicha comunidad autónoma, cualquiera que sea su origen.
La presente orden se aplicará a todo tipo de embalaje de madera de espesor superior a 6 milímetros tales como cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares, paletas, paletas caja y demás plataformas para carga, collarines para paletas, maderos de estibar, utilizados o no para el transporte de mercancías de todo tipo.
Los embalajes de madera, madera de estiba o madera en bruto, incluidos los envíos comerciales, que tengan entrada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Islas Canarias, cualquiera que sea su origen, se someterán a uno de los tratamientos aprobados que se especifican en el anexo I de la NIMF n.º 15 y llevarán la marca especificada en el anexo II de la citada NIMF n.º 15, que indique que el embalaje ha sido sometido a un tratamiento fitosanitario aprobado de conformidad con dicha norma.
Ejemplo de marca
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en esta orden, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre de, de Sanidad vegetal, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, o de otro orden, que pudieran concurrir.
La entrada en vigor de esta normativa será a los seis meses de su publicación en el BOE, es decir el 16 de abril de 2019.