PUBLICACIÓN DE LA LISTA DEFINITIVA DE LAS PLANTAS CON CANTIDADES DE PRODUCCIÓN DE BIODIÉSEL ASIGNADA

Fecha publicación: 9 diciembre, 2013
Autor: Arola

 

 

PUBLICACIÓN RESOLUCIÓN DE 25 DE OCTUBRE DE 2013, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA Y MINAS, POR LA QUE SE PUBLICA LA PROPUESTA DE LISTA DEFINITIVA DE LAS PLANTAS O UNIDADES DE PRODUCCIÓN CON CANTIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIODIÉSEL ASIGNADA PARA EL CÓMPUTO DEL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS OBLIGATORIOS DE BIOCARBURANTES.

Se publicó el día de 6 de noviembre, en el Boletín Oficial del Estado núm. 266, de la Resolución de 25 de octubre de 2013, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la propuesta de lista definitiva de las plantas o unidades de producción con cantidad de producción de biodiésel asignada para el cómputo del cumplimiento de los objetivos obligatorios de biocarburantes.

La Orden IET/822/2012, de 20 de abril, por la que se regula la asignación de cantidades de producción de biodiésel para el cómputo del cumplimiento de los objetivos obligatorios de biocarburantes, en su redacción dada por la Orden IET/2736/2012, de 20 de diciembre, estableció las bases de un procedimiento de asignación de cantidades de producción de biodiesel para el cómputo de los citados objetivos, hasta un máximo de 5,5 millones de toneladas anuales, por un periodo de dos años, prorrogables por un periodo adicional de dos años.

Por su parte, la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 5 de febrero de 2013, convocó el procedimiento de asignación de cantidades de producción de biodiésel para el cómputo del cumplimiento de los objetivos obligatorios de biocarburantes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes la Dirección General de Política Energética y Minas, requirió de los solicitantes la subsanación de las solicitudes que no cumplían con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden IET/822/2012, de 20 de abril. Se desestimaron aquellas solicitudes que, una vez vencido dicho trámite de subsanación, estuviesen incompletas o no contuviesen toda la documentación requerida.

Vistas las solicitudes conformes a los requisitos así como la valoración realizada por la Comisión de Evaluación, fue aprobada la Resolución de 31 de julio de 2013, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publicaban los listados provisionales de las plantas o unidades de producción con cantidad de producción de biodiésel asignada, y se concedía un plazo de 10 días para que los solicitantes, dentro del ejercicio de su derecho de audiencia, pudiesen formular las alegaciones que estimasen convenientes o comunicar la aceptación de la asignación propuesta.

Durante el plazo establecido para ejercer el derecho de audiencia, se recibieron 47 escritos formulando alegaciones. La Comisión de Evaluación procedió al estudio de las mencionadas alegaciones, en sendas sesiones celebradas el 13 de septiembre y el 25 de octubre de 2013.

La Dirección General de Política Energética y Minas, ha resuelto publicar la propuesta de lista definitiva de las plantas o unidades de producción de biodiésel con cantidad asignada para el cómputo de los objetivos obligatorios de biocarburantes, con expresión de la cantidad asignada para cada anualidad.

Así mismo se publica el listado de las solicitudes desestimadas y el listado de las solicitudes que, habiendo aportado toda la información requerida, no han recibido asignación. En relación a las desestimaciones y a las no asignaciones la Dirección General de Política Energética y Minas recoge, en la exposición de motivos de la Resolución, las consideraciones que sirven de fundamento a esta propuesta, que englobadas por tipologías, dan respuesta a las alegaciones presentadas.

Es por ello que les señalamos el link en el que pueden ustedes tener un acceso directo a esta Resolución, en la que encontrarán tanto la información indicada anteriormente como los listados referidos: http://www.boe.es/boe/dias/2013/11/06/pdfs/BOE-A-2013-11614.pdf

De conformidad con lo establecido en el artículo 7.3 de la Orden IET/822/2012, de 20 de abril, se concede un plazo de diez días, a contar a partir del día siguiente al de publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», durante el cual el solicitante, dentro del ejercicio de su derecho de audiencia, podrá formular las alegaciones que estime convenientes.

 

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