La ORDEN ITC/2308/2007, de 25 de julio, por la que se determina la forma de remisión de información al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, sobre actividades de suministro de productos petrolíferos, establece la obligación de remitir anualmente dentro de los primeros cuarenta días naturales del año, la información sobre precios y cantidades referentes al año anterior.
La información a remitir con respecto al año 2014 es la siguiente:
► Las empresas inscritas como DISTRIBUIDORES VENTA DIRECTA A INSTALACIONES TERRESTRES, deberán remitir los ficheros:
VDTFAC | Envío anual de cantidades |
VDTFAP | Envío anual de precios |
► Las empresas inscritas como DISTRIBUIDORES VENTA DIRECTA A EMBARCACIONES, deberán remitir el fichero:
VDMFAC | Envío anual de cantidades |
► Las empresas inscritas como INSTALACIONES PARA SUMINISTRO A VEHÍCULOS A TRAVÉS DE INSTALACIONES HABILITADAS AL EFECTO, que realicen envío de información de instalaciones individuales, deberán cumplimentar el formulario:
IPMFAC | Envío anual de cantidades vendidas |
Quienes realicen envíos agrupados de información, deberán remitir el fichero ITGFA- envío anual de cantidades vendidas.
► Las empresas inscritas como INSTALACIONES PARA SUMINISTRO A TRAVÉS DE INSTALACIONES AL POR MENOR A EMBARCACIONES, deberán cumplimentar el formulario:
IPMFAC | Cantidades vendidas en postes marítimos |
Quienes realicen envíos agrupados de información, deberán remitir el fichero IPMFAC- Cantidades vendidas en postes marítimos.
El último día para poder remitir la información al MINETUR correspondiente al año 2014, es el día 9 de febrero de 2015.
Si desean cualquier aclaración o consulta al respecto, les rogamos contacten directamente con el Departamento Jurídico.