Nuevo etiquetado de los combustibles en las estaciones de servicio

Fecha publicación: 15 noviembre, 2018
Autor: Arola

Como consecuencia de la Directiva 2014/94 de 22 de octubre de la U.E., la cual traspone parcialmente a nuestro ordenamiento el Real Decreto 639/2016 de 9 de diciembre por el que se establece un marco de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos, se instaura un nuevo sistema armonizado de etiquetado de combustibles en todas las estaciones de servicio.

La creciente variedad de combustibles disponibles en la actualidad, incrementa la necesidad de proporcionar una clara y sencilla información a los consumidores sobre la compatibilidad de sus vehículos con los carburantes que actualmente están en el mercado.

Esta información se basará en un estándar europeo, de acuerdo con la norma UNE EN 16942:2016 Carburantes. Identificación de la compatibilidad de los vehículos. Expresión gráfica para la información al consumidor.

Esta norma diferencia los tipos de combustible en:

 

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Estas etiquetas no sustituyen a las actuales, sino que son complementarias para proporcionar más información al usuario, siendo obligatorias en los tapones de combustible y en los manuales de usuario de los coches nuevos matriculados a partir del 12 de octubre de 2018.

Para las estaciones de servicio son obligatorias en surtidores y bequereles a partir del 12 de octubre de 2018, pudiendo estar colocadas antes de esa fecha.

Los tamaños de las etiquetas son:

  • Boquerel: 13 mm mínimo de diámetro
  • Surtidor: 30 mm mínimo de diámetro

Para más información pueden consultar en la página web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, las guías explicativas de las asociaciones ANFAC, ANESDOR, AOP y UPI, disponibles en el siguiente enlace.

 

 

 

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