El pasado 31 de diciembre se publicó la Ley 7/2018, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019 que en relación con el IGIC, propone, entre otras, las siguientes medidas, aplicables en el ejercicio 2019:
*Exención de las entregas de energía eléctrica.
* Aplicación del tipo cero a la entrega e importaciones de panes especiales, aceites y pastas.
Por tanto, desde 1 de enero de 2019:
- El tipo general pasa del 7% al 6,5%,
- El tipo del recargo minorista para las importaciones sujetas al tipo general pasa al 0,65%.
- Pasa del 3% al 0% el tipo aplicable a los siguientes productos:
- El pan especial.
- El aceite de oliva y el aceite de semillas oleaginosas y de orujo de aceite.
- Las pastas alimenticias, incluso rellenas, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles o canelones, cuscús, etc., excepto las pastas alimenticias cocidas o preparadas.
Pasan de tener tipo reducido del 3% a estar exentas, las entregas de energía eléctrica