COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA: SUPRESIÓN DEL TIPO AUTONÓMICO DEL IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS

Fecha publicación: 19 enero, 2015
Autor: Arola

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Extraordinario núm. 68, la Ley 7/2014, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas cuya entrada en vigor es el día 1 de enero de 2015.

Esta norma aprueba la supresión del tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos y en consecuencia la eliminación de la devolución del gasóleo de uso profesional.

Para una mayor claridad les recordamos que el Impuesto sobre Hidrocarburos en Cantabria queda, para los productos en que se aplicaba el tipo autonómico, de la siguiente manera:

Epígrafe

1.1

1.2.1

1.2.2

1.3

1.5

1.11

PRODUCTO

Gasolinas con plomo

Gasolina sin plomo 98 I.O o superior

Las demás gasolinas sin plomo

Gasóleo de uso general

Fuelóleo

Queroseno de uso general

Tipo estatal general

433,79

431,92

400,69

307,00

14,00

306,00

+

+

+

+

+

+

Tipos estatal especial

24,00

24,00

24,00

24,00

1,00

24,00

=

=

=

=

=

=

 

457,79

455,92

424.69

331,00

 

15,00

330

*€/1000 lts excepto Fuelóleo €/Tn

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