El pasado sábado 3 de diciembre de 2016, se publicó en el BOE núm. 292, el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, que introduce modificaciones en los impuestos especiales sobre productos intermedios, y sobre el alcohol y bebidas derivadas, elevando su tributación en un 5%, quedando fijados los tipos impositivos siguientes:
IMPUESTO SOBRE EL ALCOHOL Y BEBIDAS DERIVADAS
Para bebidas derivadas:
a) Introducción de bebidas derivadas fabricadas en otros Estados miembros por pequeños destiladores que obtienen una producción anual que no excede de 10 hectolitros de alcohol puro:
b) Bebidas derivadas obtenidas en régimen de destilación artesanal destinadas desde fábrica al consumo de cosecheros:
IMPUESTO SOBRE PRODUCTOS INTERMEDIOS
Les señalamos el link en el que pueden ustedes tener un acceso directo a la norma, en la que encontrarán toda la información indicada anteriormente:
Pdf. BOE