Trámite de información pública del Proyecto de Real Decreto que viene a modificar el Reglamento de II.EE.

Fecha publicación: 19 noviembre, 2018
Autor: Arola

Se modifican el Reglamento  del  Impuesto  sobre  el  Valor  Añadido,  aprobado  por  el  Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, el  Reglamento  General  de  las  Actuaciones  y  los  Procedimientos  de Gestión  e  Inspección  tributaria  y  de  desarrollo  de  las  normas  comunes de  los  procedimientos  de  aplicación  de  los  tributos,  aprobado  por  el Real  Decreto  1065/2007,  de  27  de  julio,  el  Real  Decreto  1065/2007,  de  27  de julio,  el  Reglamento  de  los  Impuestos  Especiales,  aprobado  por  el  Real Decreto  1165/1995,  de  7  de  julio  y  el  real  decreto  1075/2017,  de  29  de diciembre,  por  el  que  se  modifican  diversos  reales  decretos  de  índole tributaria.

En lo que atañe al Reglamento de los Impuestos Especiales, el proyecto de Real Decreto pretende introducir importantes modificaciones en relación, entre otros con los siguientes puntos:

  • Modificaciones reglamentarias como consecuencia de la integración del tipo impositivo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos en la parte especial del tipo estatal.
  • Desarrollo de las obligaciones formales en el Impuesto sobre Hidrocarburos y en el Impuesto Especial sobre el Carbón para gozar de determinados beneficios fiscales en materia de aplicación de tipos reducidos.
  • Importantes modificaciones en materia de etiquetado en relación con el Impuesto Especial sobre el Tabaco.
  • Atendiendo, al crecimiento del número de pequeños fabricantes de cerveza, y ante las particularidades que caracterizan su proceso de elaboración, simplificación de determinadas obligaciones y formalidades reglamentarias que resultan de difícil o imposible cumplimiento por dicho sector.
  • Destacar así mismo, el retraso en la entrada en vigor de las modificaciones establecidas respecto del procedimiento más informatizado para las ventas en ruta y avituallamientos a aeronaves y embarcaciones cuyo cumplimiento obligatorio estaba previsto para el 1 de enero de 2019. Ante la imposibilidad de adaptación a las nuevas exigencias por parte de determinados operadores, se considera oportuno retrasar con carácter obligatorio la entrada en vigor de dichos preceptos a fecha 1 de julio de 2019.

El plazo para efectuar alegaciones o presentar propuestas, se inicia el próximo 24 de septiembre y finaliza el 02 de octubre de 2018.

Quedamos a su disposición para proceder a un análisis más pormenorizado de los cambios propuestos y como los mismos pueden afectar a su actividad.

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