NOVEDADES EN LA COMUNICACIÓN DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE EXISTENCIAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD

Fecha publicación: 26 agosto, 2014
Autor: Arola

 

CORPORACIÓN DE RESERVAS ESTRATÉGICAS DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS (CORES) – NOVEDADES EN LA COMUNICACIÓN DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE EXISTENCIAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD.

Se han hecho públicas  las NOVEDADES en la comunicación a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES), de los contratos de arrendamiento de existencias mínimas de seguridad.

La Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES), ha notificado  mediante  la incorporación de un  “AVISO” en la aplicación InfoCORES, en relación a la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, y en concreto a su cumplimiento mediante existencias a plena disposición en virtud de contratos de arrendamientola obligatoriedad de realizar su comunicación previa a CORES, de acuerdo con el artículo 51.2 de la Ley de Hidrocarburos, modificado por el Real Decreto  Ley 15/2013, de 13 de diciembre.

 La comunicación de los contratos a CORES se realizara de conformidad con las siguientes obligaciones:

  • 1. Se comunicarán todos los contratos de arrendamiento de existencias mínimas que se celebren, CUALQUIERA QUE SEA SU DURACIÓN.
  • 2. La comunicación se realizará con CARÁCTER PREVIO a la fecha de inicio de duración del contrato de arrendamiento.

 

** Si el contrato de arrendamiento es comunicado a la CORES con posterioridad a la fecha de inicio del arrendamiento, el contrato no surtirá efectos ante CORES durante los días trascurridos entre la fecha de inicio del arrendamiento y la fecha de comunicación, y el producto arrendado no será contabilizado durante ese periodo como existencias mínimas de seguridad del arrendatario.

  • 3. La obligación de comunicación de los contratos corresponderá al ARRENDATARIO.

 

 

** Todo ello sin perjuicio de la obligación que seguirá teniendo el arrendador de cumplimentar y enviar a CORES el Anejo 4c “CUESTIONARIO SOBRE COMPAÑIAS QUE PRESTAN SERVCIOS DE ARRENDAMIENTO”, cuando corresponda.

  • 4. La comunicación se realizará a través de la aplicación InfoCORES, accediendo en la pestaña “Información a remitir” al nuevo apartado “ARENDAMIENTOS”.
  • 5. La comunicación a ELECCIÓN DEL OBLIGADO, podrá realizarse  mediante:

 

 

Envío de copia del contrato omitiendo la información de carácter comercial que se considere.

Envío de resumen del contrato con la siguiente información relativa al arrendamiento:

Producto / Cantidad (t) / Localización  / Arrendador / Propietario / Fecha inicio contrato / Fecha fin de contrato.

Si desean cualquier aclaración o consulta al respecto, les rogamos contacten directamente con nuestro Departamento Jurídico. 

 

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