CASTILLA Y LEÓN: REDUCCIÓN DEL TIPO IMPOSITIVO AUTONÓMICO DEL IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS

Fecha publicación: 19 enero, 2015
Autor: Arola

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León. núm. 249, la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Entidades Locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León, cuya entrada en vigor es el  día 1 de enero de 2015.

Con esta Ley se aprueba la reducción del tipo impositivo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicable a los productos comprendidos en los epígrafes siguientes y quedando de la siguiente manera:

1.1

1.2.1

1.2.2

1.3

1.5

1.11

Gasolinas con plomo

Gasolina sin plomo 98 I.O o superior

Las demás gasolinas sin plomo

Gasóleo de uso general

 

Fuelóleo

 

Queroseno de uso general

16€/1.000 lts

16€/1.000 lts

16€/1.000 lts

16€/1.000 lts

0,7€ por Tn

16€/1.000 lts

Asimismo y provocado por la reducción del tipo impositivo autonómico del gasóleo de uso general, se disminuye, en la misma cuantía, el tipo de devolución por el gasóleo de uso profesional de las cuotas autonómicas del Impuesto sobre Hidrocarburos satisfechas o soportadas por este producto, quedando establecido en 16 euros por 1.000 litros

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