RESTRICCIÓN A LA CIRCULACIÓN EN EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DURANTE EL AÑO 2013

Fecha publicación: 21 mayo, 2013
Autor: Arola

Esta Resolución que entrará en vigor a las 0.00 horas del día 19 de abril de 2013 y tendrá vigencia hasta su derogación expresa total o parcial, establece:

  1. Una nueva medida de restricción a la circulación, con carácter temporal:

Todos los días del año entre las 0.00 horas y las 24.00 horas, en la N-II entre el P.K. 692,05 en Vidreres y P.K. 773,5 en La Jonquera, en ambos sentidos, se prohíbe la circulación de los vehículos o conjuntos de vehículos que transporten mercancías de 4 o más ejes, en servicio o no, y se establece con carácter preferente, el itinerario paralelo, delimitado por la AP-7, entre las salidas número 9, Maçanet de la Selva, y número 2, La Jonquera (sur).

Excepciones a la prohibición anterior:

Los vehículos o conjuntos de vehículos en los que el origen o destino, de acuerdo con la carta de porte o documento equivalente, se encuentren en las comarcas de la provincia de Girona en el trayecto mínimo imprescindible, debidamente justificado. Esta excepción no se aplica a la travesía de Bàscara.

Los vehículos o conjuntos de vehículos con destino al abastecimiento o avituallamiento en la N-II en el trayecto mínimo imprescindible, debidamente justificado. Esta excepción no se aplica a la travesía de Bàscara.

Los vehículos o conjuntos de vehículos con autorización especial de circulación por razón de su carga indivisible o de las características constructivas del mismo, con itinerario específico, que incluya total o parcialmente el tramo afectado por esta restricción.

Aquellos vehículos que tengan otorgada autorización especial para la circulación, obtenida previa justificación de la necesidad ineludible de efectuar el desplazamiento por esos itinerarios y en los períodos objeto de restricción.

Situaciones excepcionales, de emergencia o de servicio público. La Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra, pueden permitir la circulación de vehículos en estos casos.

El tramo desdoblado de la N-II (denominado A-2) entre el P.K 704 de Riudellots de la Selva y el P.K 708 de Fornells de la Selva.

  1. Una modificación de la Resolución INT/2955/2012, de forma que la restricción a la circulación en la AP-7 entre el P.K. 0 en La Jonquera y el P.K. 281 en L´Hospitalet del I´nfant , en los días y horas señalados y aludidos en dicha norma y en nuestra nota informativa 5/13, pasa a sustituirse por el tramo de la AP-7, entre el P.K 84,5 en Maçanet de la Selva y el P.K. 281 en L´Hospitalet de l´Infant, en ambos sentidos de la circulación.
  2. La Posibilidad de que la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra puedan detener y/o inmovilizar los vehículos e incluso retirarlos de la vía pública, siempre que causen riesgo o perturben gravemente el desarrollo de la circulación.

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