REGLAMENTO POR EL QUE SE MODIFICA LA NOMENCLATURA ARANCELARIA EN RELACIÓN A LOS CARBURORREACTORES

Fecha publicación: 27 diciembre, 2013
Autor: Arola

 

Se publicó el Reglamento (U.E.) nº 1.325/2013 del Consejo de 9 de diciembre por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común.

Mediante el citado Reglamento se suspende el tipo de derecho autónomo sobre los carburorreactores.

La suspensión, que entra en vigor el 1 de enero de 2014, deberá aplicarse a todos los productos comprendidos en el código NC 27 10 19 21.

Por tanto desde la citada fecha la importación de este producto estará exenta de aranceles.

Teniendo en cuenta los posibles cambios futuros en la situación del mercado, la suspensión debe revisarse sobre la base de una evaluación en un plazo de cinco años.

 

 

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