OBJETIVOS OBLIGATORIOS MÍNIMOS DE VENTA O CONSUMO DE BIOCARBURANTES EN 2013 Y AÑOS SUCESIVOS

Fecha publicación: 19 marzo, 2013
Autor: Arola

OBJETIVOS OBLIGATORIOS MÍNIMOS DE VENTA O CONSUMO DE BIOCARBURANTES EN 2013 Y AÑOS SUCESIVOS.


 

Se publicó, en el Boletín Oficial del Estado, núm. 47, el REAL DECRETO-LEY 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

 

El citado RD-L establece, en su artículo 41, los nuevos objetivos mínimos de venta o consumo de biocarburantes para el año 2013 y sucesivos, que permitirán minimizar el precio de los carburantes. Estos nuevos objetivos son los siguientes:

PENINSULA Y BALEARES

CANARIAS, CEUTA Y MELILLA

OBJETIVO GLOBAL

4,1 %

4,1 %

OBJETIVO DIÉSEL

4,1 %

4,1 %

OBJETIVO GASOLINA

3,9 %

3,8 %

Recordar que los porcentajes indicados han de ser considerados en “contenido energético” y que el Gobierno podrá modificar los objetivos previstos, así como establecer objetivos adicionales.

 

Este RD-L entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Relacionados

Le estábamos esperando.
¿Dónde nos vemos?