MODIFICACIÓN CUOTAS CORES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2014

Fecha publicación: 5 noviembre, 2014
Autor: Arola

 

PUBLICACIÓN ORDEN IET/1790/2014, DE 1 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS CUOTAS DE LA CORPORACIÓN DE RESERVAS ESTRATÉGICAS DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2014.

El día  3 de octubre de 2014, se publicó en el BOE núm. 240, la Orden IET/1790/2014, de 1 de octubre, por la que se modifican las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos correspondientes al ejercicio 2014.

 Durante el año 2014 se han producido variaciones significativas en algunas de las hipótesis consideradas en el Presupuesto de la Corporación para 2014, que se tomó como base para la aprobación de las cuotas de 2014

 La evolución de las ventas a lo largo de este año ha presentado un comportamiento más favorable que el esperado dentro del escenario de descenso continuado de los últimos ejercicios, y  la actual coyuntura económica internacional ha favorecido la evolución a la baja de los tipos de interés y de los márgenes financieros.

 Estos cambios en el entorno económico, unidos a las decisiones adoptadas por la Corporación, y en concreto, a la optimización de sus líneas e instrumentos de financiación, y de los costes de mantenimiento de reservas, han generado una reducción notable de los costes presupuestados.

 Como consecuencia de todo lo anterior, se ha producido un exceso de recaudación en relación con el coste de las actividades, que hace procedente la modificación a la baja de las cuotas que corresponde abonar a CORES durante 2014, aplicables a las ventas o consumos a partir del mes de septiembre de 2014 incluido, con excepción de las correspondientes a los gases licuados del petróleo y al gas natural que se mantienen invariables.

 LOS SUJETOS OBLIGADOS A MANTENER EXISTENCIAS MINIMAS DE SEGURIDAD de PRODUCTOS PETROLIFEROS abonarán a la abonarán a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos las siguientes cuotas:

Gasolinas auto y aviación0,0821 euros por m3 vendido o consumido,
y por día de existencias mantenido por la CORES por cuenta del sujeto obligado.
Gasóleos de automoción, otros gasóleos, querosenos de aviación y otros querosenos.0,0810 euros por m3 vendido o consumido,
y por día de existencias mantenido por la CORES por cuenta del sujeto obligado.
Fuelóleos0,0798 euros por Tm  vendido o consumido, y por día de existencias mantenido por la CORES por cuenta del sujeto obligado.

 

La primera declaración y pago de las cuotas aprobadas en esta orden será la que proceda realizar antes del 20 de octubre de 2014, esto es, la correspondiente a las ventas o consumos efectuados en el mes de septiembre de 2014.

 

Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado y hasta que se publiquen las cuotas correspondientes al año 2015, sin prejuicio de los ajustes que fuese necesario practicar en las declaraciones y pago de las cuotas.

Les señalamos el link en el que pueden ustedes tener un acceso directo a la Resolución, en la que encontrarán toda la información indicada anteriormente:

http://www.boe.es/boe/dias/2014/10/03/pdfs/BOE-A-2014-10020.pdf

 

 

 

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