Acuerdo multilateral M-311

Fecha publicación: 31 mayo, 2018
Autor: Arola

Les informamos que se ha aprobado el Acuerdo Multilateral M-311 relativo al marcado (placas-etiquetas) de contenedores usados exclusivamente en una operación de transporte por carretera.

Establece este Acuerdo, que:

1. Por derogación de la subsección 5.3.1.2, las placas no necesitan ser fijadas en los contenedores que son usados exclusivamente en el transporte por carretera, excepto en aquellos que transporten mercancías peligrosas de las clases 1 ó 7.

2. Cada envío transportado en base a este Acuerdo debe ampararse en una carta de porte según la sección 5.4.1 del ADR en vigor, detallando además:

“Transporte de mercancías peligrosas en contenedor por operación de transporte por carretera exclusivamente (M311)”.

3. Este acuerdo estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022, para el transporte por carretera entre los países firmantes.

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